VISTO: la Resolución de Ursea
Nº 273/018 de 11 de setiembre de 2018, por la cual se autorizó la
compra
directa por excepción de los servicios de la Facultad de Química
de la
Universidad de la República;
RESULTANDO: I) que, por dicho
acto administrativo se contrató los servicios de muestreos y
análisis de agua
potable a realizar por la Unidad de Análisis de Agua de la Facultad de
Química
de la Universidad de la República por el plazo de dieciocho meses, por
un monto
total de hasta
pesos uruguayos ocho
millones
cuatrocientos mil ($
8.400.000);
II) que la
ejecución de la compra, una vez
intervenida como corresponde, tuvo inicio de actividades el día 3 de
octubre de
2018, por lo que el plazo estipulado vencerá el día 2 de abril de
2020;
III) que, la forma de
pago del precio
estipulado y las tareas a realizar se detallaron en el anexo II “Especificaciones
particulares para la compra directa por
excepción de extracción y análisis de muestras para la
Vigilancia de la Calidad
del Agua Potable en todo el país”, que se adjuntó a la
misma y formó parte
de ella;
IV) que en el referido
anexo II, quedó
establecido que si transcurrido el plazo de 18 meses no se hubiera ejecutado el
monto total previsto para esta compra, podrá extenderse el plazo
hasta agotar dicho
monto siempre que
las partes no
lo denuncien en
forma expresa;
V) que, la
Comisión de Seguimiento propuso, y
la Unidad de Análisis de Agua está de acuerdo, con la
extensión de plazo de
dicha compra por hasta un trimestre adicional; lo que es compartido por la
Gerencia de Fiscalización de esta Unidad Reguladora;
VI) que la
División Gestión de Recursos
informó que para agotar el saldo de precio sólo falta abonar el
último pago
planificado por un monto de $ 1.260.000, por lo que corresponde extender el
plazo ad referéndum de la Contadora Auditora Delegada del Tribunal de
Cuentas
de la República;
CONSIDERANDO: I) que las
actividades pendientes son de suma importancia para la realización de actividades de vigilancia
de la calidad del agua potable en el sistema de distribución por redes
en todo
el país;
II) que según lo
sugerido, al prorrogar por
un trimestre más, el plazo se extendería hasta el día 3 de
julio de 2020;
ATENTO: a lo expuesto y a lo
establecido en el artículo 10 de la Ley Nº 17.598 de 13 de
diciembre de 2002,
en los artículos 33, literal C y 29 del TOCAF, aprobado por el Decreto
Nº
150/012 del 11 de mayo de 2012 y en la Resolución del Poder Ejecutivo
Nº 457/991
de 27 de junio de 1991,
EL DIRECTORIO
en ejercicio de facultades
delegadas
RESUELVE:
1)
Notificar a la Facultad de Química, ad referéndum de la
intervención de la
Contadora Auditora Delegada del Tribunal de Cuentas ante la Presidencia de la
República, la prórroga del plazo de la compra autorizada por
Resolución de Ursea
Nº 273/018 de 11 de setiembre de 2018, por un trimestre más a
contar desde el 3
de abril de 2020 o hasta que se agote el saldo – lo que primero se cumpla
-, a
efectos de culminar las tareas pendientes previstas de monitoreo y
análisis
proyectados para la vigilancia de
la
calidad del agua potable en el sistema de distribución por redes en todo
el
país.
2)
Autorízase a la División Gestión de Recursos a abonar el
saldo del precio
pendiente de pago, una vez que dichas actividades se hayan realizado y
estén
conformadas por la Jefatura de Agua.
3)
Publíquese y oportunamente archívese
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